Junto con el mes de agosto, llegó también la declaración de renta: fechas a tener en cuenta

El calendario para personas naturales inicia el 11 de agosto y finaliza el 21 de octubre.

Si bien es cierto hay muchas fechas en materia de impuestos que se han cambiado, las fechas del pago de renta para personas naturales han sido la excepción, por esta razón se debe estar muy atento a las fechas de los vencimientos con relación a los últimos dígitos de la cedula (Nit).

Para quienes viven en el exterior deben tener en cuenta las mismas fechas y hacer su declaración de forma electrónica.

De acuerdo con el decreto 2345 del 23 de diciembre del año pasado, expedido por el Ministerio de Hacienda, todas las personas naturales que cumplan con cualquiera de las condiciones que mencionaremos a continuación, deben declarar el impuesto sobre la renta 2020, sobre el año gravable 2019.

¿Quiénes deben declarar renta?

  • Personas cuyo patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $ 154’215.000
  • Personas cuyos ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $ 47’978.000
  • Personas cuyo consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $ 47’978.000
  • Personas cuyo total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  • Personas cuyo valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 47.978.000
  • Persons que fueron responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del año gravable 2019.

 Los valores anteriormente señalados son calculados con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT) que rigió durante el 2019 y que fue fijada en $34.270.

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